En razón de lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: INADMISIBLE la solicitud de DIVORCIO, presentada por la ciudadana YONA IRIS MATOS DE LA ROSA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.492.386 y de este domicilio, debidamente asistida por la Abogada SANTA SUMOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 180.956, en contra del ciudadano JOSÉ ENRIQUE LA ROSA RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.367.994 y con domicilio en el Estado Aragua. SEGUNDO: Se ordena el desglose y la devolución de los documentos originales cursantes en autos, dejándose en su lugar copia certificada de los mismos, una vez quede firme ésta sentencia. TERCERO: No h.....