1. Así mismo el Ordinal 6º, hace referencia a los instrumentos en que se fundamente la pretensión, cabe destacar que el solicitante consigna como Certificado de solvencia (ejido) expedida en fecha 19 de Enero de 2012 al respecto se ha adoptado como criterio de este Tribunal, que en las solicitudes de titulo supletorio, además del cumplimiento de sus requisitos naturales, deberán contener como anexo entre otros recaudos, la solvencia Municipal, con el fin de colaborar con el cumplimiento del pago a dicha institución, hecho que facilita la prestación de servicios al colectivo y que contribuye a una mejor calidad de vida del municipio en general, cumpliendo cabalmente con lo establecido en los artículos 4, 7, 133 y 136 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en especial a estos últimos mencionados que imponen la colaboración entre los distintos poderes para la realización de las funciones del estado y realzar el deber de coadyuvar a los gastos públicos a trav.....