Con base en los razonamientos anteriormente expuestos y en acatamiento de lo consagrado en el artículo 93 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
• PRIMERO: Sin lugar, el recurso de apelación interpuesto por la entidad de trabajo, BOLIVARIANA DE PUERTOS (BOLIPUERTOS), S.A., tercero interesado en la presente causa, por medio de sus apoderados judiciales debidamente acreditados en autos, contra la Sentencia Definitiva dictada en fecha dieciséis (16) de enero de 2025, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, mediante la cual declaró CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad contra la Providencia Administrativa Nº 00035, interp.....