VI. DECISION. DECRETO DE TITULO SUPLETORIO AGRARIO.
Por lo antes expuesto, visto que en el presente tramite, durante la oportunidad fijada por este Tribunal para el traslado, se pudo constar la ocupación y existencia física de bienhechurias agrícolas, y en atención al contenido de las declaraciones emitidas por los testigos evacuados, este Tribunal en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara que tales diligencias resultan suficientes para decretar el TITULO SUPLETORIO de DOMINIO a favor de la ciudadana ANABEL TOMAR MUJICA,venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.734.950, domiciliada en el sector El Limon, Calle Central, Nº20-21, Parroquia Yagua, Municipio Guacara, Estado Carabobo, sobre las bienhechurias consistentes en: ubicadas en el Asentamiento Agrícola Los Mangos, de la Parroquia Negro Primero, Municipio Valencia del Estado Carabobo, consistentes en: una (01) casa de bloques con techo de acerolit, un (01) porch.....