Por todos y cada uno de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: INADMISIBLE la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA fuera incoada por los ciudadanos MANUEL DETLEV BRONSTEIN CUDISEVICH y CHARLES JACOBO BRONSTEIN CUDISEVICH, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° (s) V-2.838.665 y V-4.131.211, respectivamente, y de este domicilio, a través de su Apoderada Judicial Abogada en ejercicio MERCEDES MARIA ROJAS HERMOSO, inscrita en el Inpreabogado bajo los N° 133.890, en contra de la Ciudadana ROSALBA PIÑA TRIANA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.054.663. SEGUNDO: No hay condenatoria en c.....