este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nro. 1, en esta misma fecha DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, por no existir elementos probatorios contundentes que afiancen las denuncias formuladas por la victima por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA, en la causa seguida en su contra, de conformidad con lo establecido en el numeral 4° del artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal. Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.