AUTO DE IMPULSO PROCESAL
Revisadas como ha sido las actas que conforman el presente expediente, se evidencia que en fecha 07 de Febrero del presente año, esta Instancia Agraria realizo inspección judicial en un lote de terreno ubicado en el Asentamiento Campesino El Cucharo, Predio El Auyamal, sector El Recreo, Municipio Valencia Estado Carabobo, en dicha acta se le concedió un lapso perentorio de ocho (8) días hábiles, al Ingeniero Nessler Rosales, adscrito a la Oficina Regional de Tierras del Estado Carabobo, consignara informe técnico, visto que se encuentra precluido el lapso concedido y aún no se ha obtenido efectiva respuesta, ni certeza de lo peticionado. En tal sentido, este Juzgado Agrario en garantía de los principios constitucionales referidos a la celeridad y economía procesal, ordena oficiar a la Oficina Regional de Tierras del Estado Carabobo, a los fines de que se sirva remitir de manera urgente dicho informe y así dar cumplimiento a lo establecido en el articulo 222 .....