En tal sentido, de conformidad con los aspectos expuestos precedentemente, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, ordena, previa la terminación informática del presente asunto, su remisión al Juzgado Superior Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con sede en la ciudad de Valencia, a los fines legales pertinentes. Así se resuelve.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, a los veinticinco (25) días del mes de marzo del año dos mil trece. (2013). Años: 202° y 154°.
Juez Superior Cuarto del Trabajo
Abogado César Augusto Reyes Sucre
La Secretaria
Abogada Elida Lissette Plánchez Castro
En la misma fecha, siendo la 01:49 de la tarde, se dictó, publicó y registró la anterior resolución y se agregó a los autos.
La Secretaria