DISPOSITIVA
En fuerza de la anteriores consideraciones este Juzgado administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la demanda incoada por ante este Tribunal por la ciudadana FELIDA MARGARITA HERNANDEZ DE HENRIQUEZ asistida por la abogada MIRAN GONZALEZ MEDINA contra la ciudadana: AMANDA JOSEFINA HENRIQUEZ.- por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMODATO, todos plenamente identificados en autos, y se condena a la parte demandada por haber resultado vencida a cancelar la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.500.000), por concepto de daños y perjuicios. Al pago de las costas procesales de conformidad con él articulo 274 de la Ley Adjetiva por haber resultado vencida la parte demandada en el presente juicio. Notifíquese a la parte, por cuanto el fallo fue dictado fuera del lapso, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE:
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