DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano JOSE LUIS GUTIERREZ SERRANO, titular de la cedula de identidad No 8.710.215, asistido por el abogado CARLOS JOSE TORRES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 86.62.297.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión de fecha 26 de septiembre de 2006, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, que declaró INADMISIBLE la demanda incoada por el ciudadano JOSE LUIS GUTIERREZ SERRANO contra el ciudadano JORGE HERNAN URIBE MEJIA, ya identificados.