Por las consideraciones antes expuestas, y al haber transcurrido más de un (01) año sin actividad procesal de la parte recurrente, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad presentado por el Ciudadano JOSE GREGORIO GALLANGO PACHECO , venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 7.083.802 , contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nro. 157 del 07 de Junio del 2013, dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE LOS VALENCIA , PARROQUIAS MIGUEL PEÑA, EL SOCORRO, SANTA ROSA, LA CANDELARIA, MUNICIPIOS LIBERTADOR, BEJUMA, MONTALBÀN Y CARLOS ARVELO DEL CARABOBO
No hay condenatoria en costas conforme a lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión expresa del ar.....