En orden a los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda de disolución de sindicato incoada por la sociedad mercantil Romero & Delgado, C.A. (RODELCA) contra la organización sindical denominada SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA RODELCA-ROMERO & DELGADO, C.A. (SINTRARODELCA), organización sindical de trabajadores registrada bajo la matrícula 1516, tomo 7, folio 129 del libro de registro de organizaciones sindicales llevadas por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO, según providencia administrativa del 13 de marzo de 2007.