Este Juzgado Superior, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se declara:
1. INCOMPETENTE para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano JOSÉ LUIS PÉREZ COLMENAREZ, titular cédula de identidad Nº V-9.854.651, asistido por el abogado LEWIS STOFIKM, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 32.954, contra la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Carabobo "Dra. Olga María Montilla" del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).
2. DECLINA la competencia ante los Juzgados Superiores del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
3. ORDENA enviar a la Unidad de Recepción de Documentos del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, una vez vencido el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.