VI
DECISIÓN. DECRETO DE TITULO SUPLETORIO AGRARIO.
Por lo antes expuesto, visto que en el presente tramite, durante la oportunidad fijada por este Tribunal para el traslado, se pudo constar la ocupación y existencia física de bienhechurias agrícolas, y en atención al contenido de las declaraciones emitidas por los testigos evacuados, este Tribunal en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara que tales diligencias resultan suficientes para decretar el TITULO SUPLETORIO de POSESIÓN TITULO SUPLETORIO de DOMINIO a favor del ciudadano JOSE RAÚL ARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 4.451.256, asistido por la abogada Gertrudis Haidee Espinoza de Seijas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 7.530.386, e inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 135.481, de este domicilio, sobre las bienhechurias...
...En una extensión de terreno de aproximadamente de TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y S.....