Declarar suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la ciudadana MIRIAN JACQUELINE MENDOZA CORREA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.118.641, la posesión y demás derechos sobre las bienhechurías construidas, en porción TERRENO EJIDO el cual cuenta con un área total de aproximadamente Doscientos Treinta Y Dos Metros Cuadrados Con Cincuenta Y Tres Centímetros (232,53 Mts2), ubicadas en el Barrio Jose Regino Peña Av.109 (Aránzazu), Casa 70-31 (Provisional), Parroquia Miguel Peña. Municipio Valencia Del Estado Carabobo, cuyos linderos son: NORTE: Segmento A-B, en una distancia de treinta metros con cuarenta centímetros (30,40mts.); con bienhechurías que son o fueron de la familia Ana Guedez; ESTE: Segmento B-C, en una distancia de siete metros con treinta centímetros (7,30mts), con Av. 109 Aranzazu, que es su frente; SUR: Segmento C-D, en una distancia de treinta metros con cuarenta centímetros (30,40mts) con bienhechurías que son o fueron de.....