TERCERO
En mérito de los argumentos precedentemente expuesto, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, constituido en Tribunal Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
SE DECLARA COMPETENTE para conocer la acción de amparo interpuesta por el ciudadano José Renato Fernández, actuando en su carácter de Presidente de la entidad mercantil, CONSTRUCCIONES Y DISEÑOS RENIMAR, C.A, (Suficientemente identificados en autos) contra AUTOS de fecha 27 de julio y 07 de octubre de 2015, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello. Así se establece.
DECLARA INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional planteada por el ciudadano José Renato Fernández, actuando en su carácter de Presidente de la entidad mercan.....