Vista la incomparecencia de la parte actora a la celebración de la prolongación de la audiencia preliminar, el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo profiere el dispositivo en forma oral el cuál se refleja en la presente acta, mediante el cual se declara el desistimiento del procedimiento y en consecuencia la extinción de la instancia. SE DEJA CONSTANCIA A SOLICITUD Y REQUERIMIENTO DE QUE SE HIZO PRESENTE LA ABOGADA MAYERLING JUNCO, inscrita en el inpreabogado bajo los Nos. 92.920, en su carácter de Procuradora Especial de Trabajadores. Es todo