Por las razones antes expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la demanda de DESALOJO intentada por el ciudadano Henry José Trujillo Bustamante contra Alexis Leonardo Salas Hernández todos de características constantes en autos.
Se condena al demandante a pagar las costas por haber resultado totalmente vencido, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los veintitrés (23) días del mes de Mayo de 2007. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.