Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la querella funcionarial, incoada por la ciudadana MIGLEN FLORES, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.517.003, debidamente asistida por el abogado Guíomar Ojeda Alcalá, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 90.554, contra la Resolución Nº I.M.: 0007-2005, de fecha 01 de septiembre de 2005, emanada del Instituto Municipal de Educación y Cultura del Municipio José Antonio Páez, del Estado Yaracuy, en consecuencia:
1. SE DECLARA: LA NULIDAD ABSOLUTA de la Resolución Nº I.M.: 0007-2005, de fecha 01 de septiembre de 2005, suscrito por la Prof. Nancy Díaz, emanado de la DIRECCIÓN DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE EDUCACIÓN Y CULTURA, DEL MUNICIPIO JOSÉ ANTONIO PÁEZ, DEL ESTADO YARACUY.
2. SE ORDENA: La reincorporación inmediata de la ciudadana MIGLEN FLORES, al cargo de DOCENTE .....