DE LA PRESENTE SOLICITUD.
En el presente tramite, en la oportunidad fijada por este Tribunal para el traslado, se pudo constar la existencia física de bienhechurias agrícolas, y en atención a las declaraciones emitidas por los testigos, este Tribunal en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara que tales diligencias resultan suficientes para decretar el TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre las bienhechurias consistentes en: una casa de deposito que sirve de resguardo de semillas y herramientas, constituida por paredes de bahareque, techo de zinc, una (01) puerta; y otro deposito constituido por paredes de bahareque, una (01) puerta de lata y un (01) gallinero construido con latón ambas bienhechurías cercadas con alambre de púas. Cuatrocientas (400) matas de lechosa, cien (100) matas de cambur, cien (100) matas de piña, una (1) hectárea de siembra de yuca, quince (15) matas de aguacate, veinte (20) matas de mango y un cuarto (1/4) de hectárea de.....