Por las razones antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana MAGLI TAMAR ROBLES MIRELES, titular de la cédula de identidad número 12.606.371