éste Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos de terceros, RESUELVE: Declarar suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos CINDY DANIEL MORALES MENDOZA, MARIALIS TERESA MORALES MARTÍNEZ, RAMÓN CLARET MORALES VILORIA, LAURA CAROLINA MORALES VILORIA, ISAAC EZEQUIEL MORALES VILORIA, GENNY MILAGROS MORALES VILORIA, RAMÓN CLARET MORALES MARTÍNEZ (hijos) y MORAIMA TERESA MENDOZA CEGARRA (concubina), la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de RAMÓN CLARET MORALES ROJAS.