Este Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: FORZOSAMENTE SIN LUGAR LA DEMANDA que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoaran las ciudadanas NEGLIS MARINA LAGUNA CORDERO, KEYMER HORIANLY MORALES LLANOS, YUSLEYDI CAROLINA TORRES GUTIERREZ, ROSANGELA COLMNARES DELGADO, YORLENNYS YORMARI PINEDA VELAZQUE, MAYURLY DEL CARMEN URBINA SILVA, NARDA YRACEMAS CASTELLANO CARRILLO y CARMEN YRAIDA GONZALEZ MUÑOZ, contra la entidad de trabajo TRANSPORTE LA J, C.A. y solidariamente al ciudadano JOSE GREGORIO HERNANDEZ PEÑA.