esta Sala de Juicio No 2, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Administrando JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara EXTINGUIDA la acción por perdida del interés procesal sin responsabilidad para ninguna de las partes involucradas.-