Se dicta AUTO DE EJECUCIÓN al ciudadano FREDDY JOSE VILLEGAS FLORES, quien fue CONDENADO, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Carabobo, según sentencia de fecha 12/08/2016, a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, por los delitos de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionados en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, optando al BENEFICIO DE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, en virtud de la pena impuesta.