Este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Demanda de Divorcio, interpuesta por los ciudadanos CARLOS ARTURO CARVAJAL Y ANGELA MARIA MORALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-7.065.711 y V-8.610.239, asistidos por el abogado AMERICO TABATA, Según resolución N° 2024-222, disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde fecha veinticuatro (24) de Diciembre de 2025, cuando contrajeron matrimonio ante el Oficina de Registro Civil de la Parroquia Juan José Flores del Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo. Así se Decide.