este Juzgado Primero de Municipio del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Extensión Puerto Cabello, a los fines de dictar sentencia considera después de un minucioso análisis de las actas procésales que rielan en el presente expediente y administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano NESTOR GUILLERMO AMAYA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.839.659, asistido por el abogado JOSE ARANGUREN LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.164.189, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 40.325, contra los ciudadanos EMILIA ROSA MANZANILLA DE COLMENARES, ROSA ELENA COLMENARES DE FONSECA, LUIS EDUARDO COLMENARES MATUTE, MIRIAN JOSEFINA COLMENARES DE MARQUEZ, ZONIA MARGARITA COLMENARES MATUTE, MIGUELINA VIRGINIA COLMENARES.....