DISPOSITIVA
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo sede Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la demanda interpuesta por los codemandantes ciudadanos, JOSE RAMON PEROZO; ASDRUBAL QUEVEDO GARCIA; ALEJANDRO ARENA LA TORRE, MARIA ALEJANDRA BLANCO; OTTO JOSE PARTIDAS; VANESSA COROMOTO BRAVO; ABELARDO JOSE BLANCO; YELITZA DELGADO MUÑOZ Y BLADIMIL ABELLO JARAMILLO, titulares de las cedulas de identidad Nº 5.148.148, 13.664.488, 19.862.953, 17.873.170, 5.171.328, 16.775.442, 6.679.916, 18.604.488 y 12.003.854 respectivamente, contra la entidad de trabajo TOYO ENGEENIERING CORPORATION.
No se condena en costas a la parte accionante por la naturaleza del fallo.
Publíquese, Regístrese y déjese copia.
Dada, Firmada y sellada en la sala de despacho del JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIR.....