Se dictó auto decretando la apertura al juicio oral y público en contra de REINALDO GUEVARA, en virtud de la admisión de la acusación interpuesta en su contra por la fiscalía 3° del ministerio público por los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO. Se admitieron los medios de prueba ofrecidos por la representación fiscal y la defensa. Se declaró sin lugar solicitud de nulidad interpuesta por la defensa y se rechazó medio de prueba documental interpuesto por la defensa. Se ordenó mantener la medida privativa de libertad. Quedaron notificadas las partes de la decisión y se ordenó su remisión al tribunal de juicio en su debida oportunidad.