Dispositiva
Por todo lo expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos MAIRA ALEJANDRA DOS REIS SANCHEZ y RICARDO JESUS GONZALEZ AGUIAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-20.664.956, y V-18.563.656 respectivamente. SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía y que fuera contraído en fecha 01 de diciembre de 2017, por ante el Registro Civil del Municipio Juan José MOra, Estado Carabobo, según se evidencia de acta matrimonio inserta bajo el No. 153, folio 153, Tomo I, año 2017.
Regístrese, publíquese la anterior sentencia y déjese copia.....