En el dia de hoy, en la celebracion de la primigenia audiencia preliminar este tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte actora; este Juzgado DECIMO de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, considera desistido el presente procedimiento; en consecuencia este Tribunal le imparte la homologación al DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO adquiriendo el carácter de Cosa Juzgada de conformidad con lo establecido en el artículo 57 y 58 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Terminado en consecuencia el procedimiento, se ordena el archivo del expediente