De conformidad a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo con sede en Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
COMPETENTE para conocer el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia interlocutoria con fuerza definitiva dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, de fecha 18 de julio de 2014.
SIN LUGAR, el recurso de apelación planteado por el abogado GUSTAVO E. ALONZO E., actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana DULCE KLARET TORRES LAYA, contra sentencia interlocutoria con fuerza definitiva, de fecha 18 de julio de 2014, proferida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, mediante la cual homologa el desistimie.....