Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se declara:
1. INCOMPETENTE SOBREVENIDAMENTE para conocer el presente Recurso de Nulidad interpuesto por el abogado FERNANDO CURIEL CALDERON, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n° 54.661, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil ESTACION DE SERVICIO LA AGUADITA II, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil llevado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Trabajo, Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en fecha cinco (5) de octubre de 1992, bajo el Nº 9296, folios 138 al 142 vto., tomo LXV, tal como se evidencia de copia fotostática del documento de Acta Constitutiva y siendo su última reforma inscrita por ante el Registro Mercantil de.....