En razón de lo anteriormente expuesto y de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del articulo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 269 ejusdem, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA, en la demanda de DIVORICO 185-A, peticionada por los Ciudadanos JESUS YILVENAL JOSE LOPEZ DELLAN e HILDA MILENA GONZALEZ PUENTES, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nros. V-17.552.056 y V-14.754.731, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio UBALDO JOSE LINARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.427. SEGUNDO: No se condena en costas a la parte inactiva, a tenor de lo previsto en el artícu.....