Este Tribunal en virtud que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 del la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada, se hace la devolución de las pruebas aportadas al inicio de la audiencia, recibiéndolas a su entera y cabal satisfacción.. ASI SE ESTABLECE.-
LA JUEZ
Abg. Rosiris Cecilia Rodríguez González de Jiménez.
PARTE ACTORA
APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA
APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDADA.
LA SECRETARIA,
Abg. Yajaira Martinez