En mérito a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
DECLARA, SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho, Abogado ENRIQUE JOSE PEDROZA, con el carácter de Apoderado Judicial de los demandantes: JOEL ENRIQUE MIJARES GRATEROL; TEOFILO PAEZ y MARCOS ANTONIO ESPLUA CASTRO, al comprobar en esta Alzada, que no logro probar los alegatos de sus representados. Así se establece.
DECLARA, CON LUGAR el recurso de apelación planteado por el Abogado YBRAIN VILLEGAS POLANCO, con el carácter de Apoderado Judicial de la demandada M.T.P. SERVICIOS GENERALES C.A., al lograr probar sus alegatos.-
MODIFICA, la sentencia dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carab.....