Este Tribunal administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara: UNICO: CON LUGAR la solicitud de divorcio de los ciudadanos JAVIER EDUARDO ZAMBRANO BORGES y ERIKA MARIA SAAGHY RODRIGUEZ, ya identificados, por encontrarse llenos los extremos previstos en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano y en consecuencia declara DISUELTO el vínculo matrimonial por ellos contraídos por ante el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas de los municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, tal y como se evidencia de la respectiva acta de Matrimonio que cursa al folio cinco (05).