AUTO. ACUERDA COPIAS CERTIFICADAS.
Vista la diligencia que antecede suscrita por el ciudadano JESÚS MANUEL VILLEGAS, plenamente identificado en autos, éste Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, se ordena expedir las copias fotostáticas, debidamente certificadas de la sentencia definitiva dictada por éste Juzgado, en fecha 18 de diciembre de 2009, y confirmada por el Juzgado Superior Agrario con competencia en los Estados Cojedes, Aragua y Carabobo, la cual riela a los folios 12 al 42 (ambos inclusive), de la pieza Nº 02 del presente asunto. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Entréguese al solicitante a cuyo efecto deberá dejar constancia en el expediente.-