Visto el escrito que antecede de fecha 10/10/06, suscrito por la parte actora y demandada, respectivamente, mediante la cual dan total cumplimiento a lo señalado en el acta de embargo ejecutivo de fecha 07/08/06. Este Tribunal en vista de que el acuerdo se ha cumplido a cabalidad, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. PUBLIQUESE Y REGISTRES Y DEJESE COPIA.