Este Tribunal, vista que la TRANSACCIÓN JUDICIAL que antecede de fecha 11-08-11 (folios 127 al 130), celebrada entre la parte actora CORINA LOVERA, titular de la cédula de identidad No.15.334.825, mediante su apoderada judicial Abogada REINA TARTAGLIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.74.119, y por la parte co-demandada COORPOACION GREEN CLEAN 2010, C.A., su apoderada judicial Abogada ADELINA GOMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.48.655. es por lo que da por concluido el proceso y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se acuerda expedir las copias certificadas de la presente acta, solicitada por las partes. Cumplida como ha sido la obligación contraída en el presente acuerdo transaccional, se ordena el cierre del presente expediente, así como su posterior remisión a la Oficina de Archivo.
El Juez
Abog......