DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN PUERTO CABELLO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: 1.- SIN LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y demás beneficios laborales y/o contractuales por estar la acción evidentemente prescrita, y 2.- PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Indemnización derivada por Enfermedad Ocupacional, incoada por el ciudadano: VÍCTOR RAMÓN ALVARADO, contra sociedad mercantil TRANSPORTE ROMARGUI, C. A., ambas partes plenamente identificadas en autos. Y ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Sede Puerto Cabello, a los diecinueve (19) días del mes de junio de Dos Mil Trece (2013). .....