VI
DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la presente solicitud de Justificativo de Perpetua Memoria (Título Supletorio).
SEGUNDO: Declara CON LUGAR la solicitud de Justificativo de Perpetua Memoria (Título Supletorio) a favor de la ciudadana FLOR ELINA VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.151.842 debidamente representado por su abogado, Juan Carlos Martínez Hernández...
...enclavadas sobre una parcela propiedad del Instituto Nacional de Desarrollo Agrario, con una superficie de cuatro hectáreas con seis mil trescientos veinticuatro metros cuadrados (4 ha con 6324 mts2), cuyos linderos particulares son: NORTE: Vía de p.....