La Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE, la SOLICITUD DE ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesto por los ciudadanos ABG. MOISES MUJICA y ABG. RUBEN PÉREZ, en su condición de defensores privados, por privación ilegítima de libertad y inobservancia por parte del Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en relación a lo establecido en el articulo 49 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela "Según lo alegado por la accionante", en contra del DR. AELOHIM DE JESUS HERRERA ALVARADO, en su condición de Juez a Cargo del Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en la causa penal que se le sigue a los acusados: ELVIDO ANTONIO GUTIÉRREZ VARGAS, JUAN CARLOS CEDEÑO VARGAS, FRANCISCO JAVIER ROMERO C.....