en este Acto se da por terminado el presente procedimiento debidamente aceptado por la parte actora y se satisfacen todos y cada uno de los conceptos de la pretensión representados por la ANTIGÜEDAD, UTILIDADES FRACCIONADAS, VACACIONES FRACCIONADAS, Y BONO VACACIONAL FRACCIONADO (DIFERENCIAS DE ESTOS ENUNCIADOS CONCEPTOS), ASÍ COMO LA INDEMNIZACIÓN ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 125 DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, DIAS FERIADOS, DIAS DE DESCANSO; HORAS EXTRAORDINARIAS, COMPENSACIONES SALARIALES, BENEFICIO DE ALIMENTACIÓN. Revisado como ha sido el acuerdo transaccional suscrito por las partes y dado que el mismo no vulnera normas y derechos irrenunciables del Trabajador; el Tribunal visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo da por concluido el proceso, y le imparte la homologación al acuerdo suscrito por las partes adquiriendo fuerza de cosa juzgada de conformidad con lo establecido en los artícu.....