El Tribunal de la causa, con vista a la transacción suscrita por las partes y verificado el monto depositado por la empresa, por no ser contrario a derecho y no violar precepto legal alguno, es por lo que este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO LO HOMOLOGA EN LOS TERMINOS ACORDADO POR LAS PARTES, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA. Se ordena librar oficio a los fines del cierre del expediente y su custodia al archivo definitivo, después que el trabajador haya recibido de la Oficina de Control de Consignaciones la orden de retiro del dinero de la entidad Bancaria correspondiente.
EL JUEZ