Este Tribunal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano FRANCISCO JOSE RIVERO, antes identificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto se extinguió la Acción Penal por cumplimiento de Acuerdo Reparatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 numeral 6 del Código adjetivo anteriormente mencionado.
Así mismo, como el cese de la Medida de Privación Judicial preventiva de Libertad, otorgándosele en Sala de audiencia la libertad al ciudadano FRANCISCO JOSE RIVERO, así mismo se ordena el cese de cualquier búsqueda que pese sobre el precitado ciudadano, relacionada con la presente causa, en consecuencia se ordena Oficiar a la Consultoría Jurídica del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a los fines de su exclusión del sistema de registro que llevan esos organismos y ONIDEX. Ofíciese. Cúmplase.