En tal sentido, de conformidad con los aspectos expuestos precedentemente, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, previa la terminación informática del presente asunto, su remisión al Juzgado Superior Primero de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con sede en la ciudad de Valencia, a los fines legales pertinentes. Así se resuelve.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, a los dieciocho (18) días del mes de septiembre del año dos mil trece. (2013). Años: 203° y 154°.
Juez Superior Cuarto del Trabajo
Abogado César Augusto Reyes Sucre
La Secretaria,
Abogada Elida Lissette Plánchez Castro
En la misma fecha, siendo las 03:13 de la tarde, se dictó, publicó y registró la anterior resolución y se agregó a los autos.