Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana ANGELICA MARIA PEREZ SALGUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-23.417.177, asistida por la abogada KARINA ALESSANDRA GARZON GODOY, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 306.463. SEGUNDO: SE ORDENA a la Oficina de Registro Civil del Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo, y al Registro Principal del Estado Carabobo, estampar la respectiva nota marginal en el Acta que corre inserta en el Libro de Registro Civil de Nacimiento de la Parroquia Güigüe, anotada bajo el Nº 867, Folio 42, Tomo III, del año 1.....