AUTO. ENTRADA DE SOLICITUD.
Por recibida la anterior solicitud junto a sus anexos, presentada por los ciudadanos
JOSE TERAN GARCIA, DORIS OROPEZA AULAR y ALICIA PEREZ FERNANDEZ, titulares de las cedulas de identidad Nros V- 4.319.507, 7.085.784, 10.030.359 respectivamente y de este domicilio, debidamente asistidos por la abogado HAYDEE ALADE DE MEDINA, Defensora Publica Primera en materia Agraria del Estado Carabobo. Désele entrada y téngase para proveer.
La Jueza
Abg. IVETI T. LÓPEZ OJEDA
La Secretaria
Abg. GLENDY GONZÁLEZ GUEVARA
En esta misma fecha se le dio entrada bajo el Nº 00713.
La Secretaria
GLENDY GONZÁLEZ GUEVARA