Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre materias disponibles, acuerda HOMOLOGAR el convenimiento efectuado por la parte demandada ciudadana Carmen Lourdes Reyes Barbera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 2.782.599, en el juico de reconocimiento de contenido y firma, que en su contra fue interpuesto por los ciudadanos Liang Felipe Xie Xie y Sara Magdalena Ramos Cabello, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V.- 32.511.951 y V- 26.865.221 respectivamente, asistidos por la abogada Magaly Coromoto Parra, inscrita en .....